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Asociación Afectados de Polio y Síndrome Postpolio

Detalle de la Noticia

(22/05/2023) --- POLIO Y SÍNDROME POST-POLIO, TRES DÍAS DE NOTICIAS SOBRE LOS úLTIMOS ACONTECIMIENTOS

DÍA UNO

 

Modificación del Real Decreto 1851/2009 anticipación de la jubilación de las personas trabajadoras con discapacidad en grado igual o superior al 45 por ciento, por ahora:

 

Lista de espera en los Centros de Valoración de Discapacidades, para revisiones, primeras valoraciones, modificación o inclusión del origen de la discapacidad.

Lista de espera para las citas del INSS.

Lista de espera en la Sanidad Pública.

 

Quienes no tengan un informe médico en el que figure el inicio o desencadenante de su discapacidad con fecha y en nuestro caso secuelas de polio o síndrome post-polio, tienen un serio problema para acogerse a este Real Decreto.

 

El grado de Discapacidad del 33% lo otorgó el franquismo a un altísimo porcentaje de por entonces personas minusválidas. Este grado tuvo algunos beneficios como la desgravación (en democracia) el la Declaración de la Renta, exención del impuesto de lujo, posteriormente el IVA en la compra de vehículos de baja gama.

 

Quienes decían y dicen ahora que las personas con discapacidad no solicitaban el certificado o la valoración de su discapacidad, no decían ni dicen la verdad. Las razones eran la falta de información y además para nuestro colectivo la baja valoración del daño que produce la poliomielitis y el síndrome post-polio, aunque estaba, no existía a estos efectos y otros. Oportunamente añadimos que hemos visto muy pocos certificados de discapacidad en los que figure el origen de la discapacidad en los casos de polio.

 

Nadie va a cobrar una pensión por cotizar a la seguridad social si no tiene un mínimo de 15 años cotizados. Esto es una norma general para todos los ciudadanos y se cobra lo mínimo si solo son 15 años cotizados.

 

Muchos medios han publicado barbaridades, como por ejemplo que este Real Decreto, modificado el 16 de mayo, es para la discapacidad en general. Que con 5 años cotizados, una personas con discapacidad se puede jubilar. Que el grado de discapacidad debe ser superior al 45% y esto no es cierto, debe ser igual o superior 45% y que la causa de su discapacidad figure en el listado anexo.

 

De los incumplimientos de la Leyes, de los años que tardan en corregir los errores, daños, etc, silencio. Y no busques el amparo, pues Gobierno y oposición están de acuerdo.

 

Lola Corrales

Presidenta de la  Asociación Afectados de Polio y Síndrome Post-Polio